15 enero 2009

Nueva sentencia contra la SGAE

Llamar «cueva de ladrones» a la Sgae no es delito
En la imagen de archivo, el presidente de la Sociedad General de Autores, Teddy Bautista, en la sede de la SGAE. NIEVES SANZ
Jueves, 15-01-09
La web www.cnt.es calificó en un comentario a la Sociedad General de Autores de SGAE de «cueva de ladrones» y una juez de Madrid ha considerado en una sentencia, a la que ha tenido acceso ABC, que «aunque es una cuestión opinable, sometida a debate con posibilidad de contradicción y crítica, y si bien los términos empleados para este fin son ásperos y duros, reflejan el sentir de un sector de la sociedad que entiende que el sistema que utiliza la parte actora (SGAE) para financiarse es desprorcionado y excesivo».
«Enriquecimiento injusto»
La resolución judicial añade «que se está reproduciendo un enriquecimiento injusto (sea incierto o no) en detrimento de su propio patrimonio, al verse éste gravado con un canon, —añade la sentencia— que la actora aplica deforma indiscriminada, con independencia de que se haga uso o no de determinados soportes».
Esta sentencia la firma la magistrada-juez Begoña Álvarez García, magistrado-juez de Primera Instancia de Madrid y responde a una demanda sobre protección al derecho del honor presentada por la Sociedad General de Autores contra la citada web del sindicato de corte anarquista por un artículo muy crítico contra dicha sociedad, en la que se pide su desaparición y en la que se dice que «si algo sabe hacer la SGAE es robar».
«Extorsionar»
«Cualquiera que disfrute la cultura, cualquiera que la comparta, cualquiera que organice un evento cultural aunque sea sin ánimo de lucro —añade el comentario objeto de la demanda— es un enemigo, un objetivo a extorsionar por parte de esa cueva de ladrones dirigida por algunos de los más patéticos representantes de la incultura nacional». Y agrega: «Si los delincuentes de poca monta son condenados a prisión, lo lógico sería que a la SGAE se la considerara asociación criminal y sus dirigentes fueran desterrados de por vida a alguna isla desierta, encadenados a un disco de Ramoncín, que no parara de sonar».
Y añaden los demandados: «Ya estamos acostumbrados a verles robar. Ahora dan un paso más y atacan la misma libertad de expresión que deberían defender como “autores y editores”. Antes pretendían controlar la difusión cultural. Ahora van más allá y quieren erigirse en los “sheriffs” de los contenidos de la red».
Pago de costas
La sentencia, en cuyos fundamentos de derecho, pondera el derecho a la libertad de expresión, no sólo no considera injurioso este comentario, por el que la SGAE solicitaba una indemnización de 9.000 euros, sino que, además de rechazar indemnización alguna, condena a la parte demandante al pago de las costas, algo poco usual en este tipo de juicios.
La jueza considera que «el honor, como objeto del derecho fundamental, consiste en la dignidad personal reflejada en la consideración de los demás y en el sentimiento de la propia persona».
Fuentes de la SGAE dijeron ayer a ABC que «no tienen que hacer ningún comentario sobre la sentencia», «una más de las que recibimos sobre nuestra actuación,unas a favor y otras en contra», pero que la recurrirán ante la Audiencia Provincial de Madrid.

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